Los jubilados que cobran por Banco Nación ya no deberán hacer el trámite de Fe de vida

Publicado por: Real Chubut - Agencia de Noticias 06/04/2022 Economia



La certificación que requieren los bancos volvió a ser obligatoria en marzo de este año

El Banco de la Nación Argentina y la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) resolvieron suspender el trámite de fe de vida o “supervivencia” para jubilados y pensionados, según informó hoy la entidad a través de un comunicado. De esta manera, a partir del próximo viernes 8, los beneficiarios habilitados podrán percibir sus haberes sin la necesidad de demostrar la el trámite, de acuerdo con el cronograma que estableció la Anses.

El BNA y la Anses acordaron además trabajar junto al Registro Nacional de las Personas (Renaper), para desarrollar un esquema de seguimiento y actualización de información que “genere mayores certezas acerca de la supervivencia de jubilados y pensionados, y evite eventuales fraudes en perjuicio de todo el sistema de Seguridad Social”, se informó.

Cabe recordar que luego de que estuviera suspendido en el marco de las restricciones por la pandemia de coronasvirus, el trámite de “fe de vida” para jubilados y pensionados finalmente volvió a ser un requisito a partir del 1 de marzo de este año para cobrar haberes. Así lo confirmó en su momento Anses, que le pidió a los bancos que informen a sus clientes respecto a cómo gestionarlo sin la necesidad de asistir a las sucursales.

El Banco Nación comunicó en marzo a sus clientes que el trámite se puede hacer de manera remota mediante la aplicación BNA+. Asimismo, señaló que se puede acreditar la “superviviencia” a través de compras con tarjetas de débito en farmacias o supermercados o con tarjetas de crédito en cualquier comercio, siempre que el cliente cuente con un “paquete de servicios previsional”. Y añadió que otra opción es hacerlo a través de los cajeros automáticos que reciben huellas dactilares.

Sin embargo, a partir del viernes 8 de este mes, los beneficiarios habilitados podrán percibir sus haberes sin la necesidad de demostrar el trámite, de acuerdo con el cronograma que estableció la Anses.


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